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Si tiene un familiar en las fuerzas armadas, puede obtener un estatus legal. Este estatus se conoce como “permiso de residencia temporal”.
Si bien la ley establece que el USCIS puede otorgar el permiso de residencia temporal “por razones humanitarias urgentes o por un beneficio público significativo”, hemos tenido mucho éxito obteniendo dicho permiso para nuestros clientes en estas circunstancias.
Una persona puede ser elegible para el permiso de residencia temporal por períodos de un año si es cónyuge, viudo/a, padre, madre, hijo/a o hija de:
-Un miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos.
-Un miembro de la Reserva Selecta o de la Reserva Activa.
-Una persona que (viva o fallecida) prestó servicio militar activo o en la Reserva Selecta o de la Reserva Activa y no fue dada de baja deshonrosamente.
Esto beneficia principalmente a quienes ingresaron a Estados Unidos de manera irregular. Al solicitar la Permiso de Entrada en el Lugar (PIP, por sus siglas en inglés), se considera que el inmigrante ha obtenido un permiso de entrada en el país y, por lo tanto, ingresó legalmente. Este cambio de estatus permite a muchos inmigrantes solicitar el ajuste de estatus a residencia permanente, especialmente si están casados con un ciudadano estadounidense.
Si un inmigrante ingresó a Estados Unidos legalmente pero se quedó más tiempo del permitido por su visa (o se encuentra en Estados Unidos después del período de estadía autorizado), no es elegible para el Permiso de Entrada en el Lugar porque no es solicitante de admisión. Sin embargo, un inmigrante puede ser elegible para la Acción Diferida.
Antecedentes
En noviembre de 2014, el USCIS emitió un memorándum de política que creó el programa de Permiso de Estatus en el Lugar. El memorándum se titula “Permiso de Estatus para Cónyuges, Hijos y Padres de Miembros en Servicio Activo de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, la Reserva Selecta de la Reserva Lista y Exmiembros de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos o la Reserva Selecta de la Reserva Lista, y el Efecto del Permiso de Estatus en la Inadmisibilidad según la Ley de Inmigración y Nacionalidad 212(a)(6)(A)(i)”. El memorándum establece que los inmigrantes indocumentados presentes en los Estados Unidos sin haber sido admitidos ni haber obtenido un Permiso de Estatus, y que sean cónyuges, hijos o padres de miembros de las fuerzas armadas, reservistas o veteranos, tendrán derecho, como grupo, al “Permiso de Estatus en el Lugar”, un estatus cuasilegal en los Estados Unidos que les permite regularizar su estatus migratorio.
Ajuste de estatus
El Permiso de Residencia Permanente permite obtener la residencia permanente en los Estados Unidos mediante el ajuste de estatus, si se tiene un cónyuge ciudadano estadounidense o un hijo mayor de 21 años. Normalmente, el inmigrante necesitaría un indulto, cuyo trámite (formulario I-130/I-601A/CP) requiere que el último paso se realice fuera de los Estados Unidos, en el consulado del país de origen del inmigrante. A menudo, la persona no reúne los requisitos para obtener un indulto.
Este procedimiento de Permiso de Residencia Permanente simplifica enormemente el proceso para obtener la residencia permanente. El solicitante puede realizar todo el trámite en Estados Unidos y no necesita un indulto.
Christopher A. Kerosky es abogado de inmigración en K & G Law LLP (anteriormente “Kerosky & Associates”). También enseña derecho migratorio en Empire Law School y es autor invitado y colaborador legal del Press Democrat para las comunidades inmigrantes del norte de California y más allá. Contáctelo en www.kgimmigrationlaw.com